Marcas Nacionales

Marcas Nacionales es el título de propiedad mediante el cual el Estado reconoce el derecho exclusivo al uso de una denominación, dibujo, etiqueta, envase o cualquier otro signo o medio material para aplicar o distinguir un producto o servicio de sus similares.

Ejemplos de marca: Jesmar®, Braun® , Coca Cola®, Pepsi®, Moulinex®,…

Los productos o servicios se clasifican en 45 clases de acuerdo a la Clasificación de Niza que los agrupa en función de su naturaleza y aplicación, descargar aquí.

 

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
  • Nombre del solicitante, dirección y NIF.
  • Descripción y reproducción de la marca.
  • Listado de productos y/o servicios para los que se solicita la marca.
  • Autorización firmada por el solicitante.
 OBJETO DE PROTECCIÓN

El registro de una marca es obligatoria según la ley de marcas, y deben registrarse tal y como se utilizan. Pero no sólo las denominaciones, sino también los gráficos, envases, etiquetas, logotipos, etc.

  • Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar las personas.
  • Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos.
  • Las letras, las cifras y sus combinaciones.
  • Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación.
  • Cualquier combinación de los signos o medios que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores.
DURACIÓN

10 años desde la fecha de solicitud renovables por idéntico periodo indefinidamente. La renovación de una marca debe hacerse 6 meses antes del vencimiento del derecho. También se puede llevar a cabo la renovación en los 6 meses siguientes pero con recargo.

 

 


 

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